Teléfono: 362
– 4452520
La
sig. Línea gratuita: 0800-333-7763 (línea del Ministerio de Salud de la Nación
que corresponde consultas sobre esta cobertura médica estatal)
Prestaciones del programa:
Cobertura
de salud, que incluye todos los servicios detallados en el Plan Médico
Obligatorio. A continuación, mencionamos algunos de ellos:
1) Plan
Materno – infantil
2) Servicios
de odontología.
3) Tratamientos
vinculados a la diabetes
4) Tratamientos
vinculados a HIV
5) Tratamientos
vinculados a salud mental. Atención psiquiátrica.
6) Internaciones
7) Internaciones
psiquiátricas.
8) Laboratorio
9) Prótesis
y ortesis.
10) Rehabilitación
11) Transplante
de órganos
100%
de cobertura en los medicamentos que engloba el Plan Médico Obligatorio (PMO).
Si los medicamentos estuvieran fuera del PMO hay que hacer un trámite especial
para tratar de lograr que sean cubiertos.
Activación
de la obra social:
Para
tramitar la cobertura médica se debe esperar hasta que en el recibo de cobro de
la pensión aparezca un texto que dice “ PROFE vigente 45 días” (esta frase
aparece generalmente entre el recibo n°1 y el recibo n°5). Una vez que se tiene
el recibo con esta frase, recomendamos que se comunique con el Programa Federal
Incluir Salud (ex PROFE) llamando de 8:00 a 18:00 horas a la siguiente línea
gratuita: 0800- 333- 7763
·
Ultimo recibo de cobro.
·
DNI de titular y su grupo familiar, con domicilios
actualizados.
·
Partida de nacimiento de los hijos
·
Acta de matrimonio, de ser concubinos
información sumaria con dos testigos acreditando el tiempo de concubinato
realizada ante la policía o juez de paz.
·
Para los menores bajo guarda deberán
presentar la guarda por el jzgado interviniente.
REQUISITOS:
v Ser
titular de una pensión no contributiva o graciable y no tener obra social.
v Ser
cónyuge acreditado con certificado de matrimonio (no con libreta)
La
convivencia de más de 5 años de antigüedad habilitante para acceder al
beneficio se acreditará con la presentación de dos testigos.
v Ser
hijo de hasta 18 años de edad de la persona que reciba la pensión. Adjuntando
partida de nacimiento.
v El
recién nacido hijo de una persona que reciba la pensión tiene derecho a la
prestación por cobertura que tienen los padres hasta el primer año de vida. Al
cumplir el año de vida se debe afiliar al Programa Federal de Salud.
v Ser
hijo de discapacitado de cualquier edad de una persona que reciba la pensión.
Adjuntando partida de nacimiento, certificado medico expedido por Instituto
Nacional Provincial o Municipal en el que conste que padece incapacidad total o
parcial permanente mayor al 76%
v Ser menor bajo guarda o tutela de una persona que reciba la pensión.
Partida de nacimiento y documentación probatoria del vínculo.
Testimonio judicial de tutela. Certificado de guarda o acta tenencia
extendida por el Servicio Nacional del Menor en Capital Federal o documentación
similar emitida por autoridad competente en las jurisdicciones provinciales.
v Cumplimentar la solicitud de afiliación al Programa Federal de Salud.
v Documento de identidad: LC, LE, o DNI para los argentinos, nativos o
naturalizados.
v DNI para los extranjeros, con domicilio actualizado o certificado de domicilio.
v Última comunicación de otorgamiento de la pensión u Orden de Pago
Previsional del titular. En caso de presentar la Orden de Pago Previsional será
necesario que este recibo de cobro corresponda al mes de la solicitud.
Para recabar más información:
Línea gratuita del Ministerio de Salud para hacer
consultas sobre el Programa Federal Incluir Salud (ex PROFE):
0800-333-7763, interno 1. Recibe consultas de 8.00 a 18.00 horas.
Teléfono: Dirección Nacional: 4342-4810/ Afiliaciones: 4331-0809/ Discapacidad: 4331-0184/ Atención al beneficiario: 4331-0208.
0800-333-7763, interno 1. Recibe consultas de 8.00 a 18.00 horas.
Teléfono: Dirección Nacional: 4342-4810/ Afiliaciones: 4331-0809/ Discapacidad: 4331-0184/ Atención al beneficiario: 4331-0208.
Para trámites de altas y bajas: 0 800-222-6274 (de
10.00 a 14.00 horas)

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